Instrucciones para la solicitud de inclusión de productos en el SDA

Previo a la solicitud de inclusión de productos en el SDA se debe corroborar que:
  • El tipo de producto que se solicita tiene cabida en el SDA (ver aquí).
  • En caso de tratarse de un equipo, este debe tener un precio inferior a 5.000€ (sin IVA)
  • El producto no aparece en la Aplicación de Pedidos.
  • No existe ningún producto alternativo que pueda ser utilizado en sustitución del que se solicita.
Solicitud de inclusión de productos:
  1. La solicitud se debe realizar a través del siguiente formulario.
  2. Cada solicitud realizada puede incluir varios productos siempre que estos pertenezcan a la misma categoría. (En caso de dudas se puede consultar el siguiente enlace).
  3. En el mismo se debe indicar claramente el producto/s que se solicitan:
    • Descripción precisa
    • Enlace al producto necesario o a otro de igual o similares características.
    • En caso de ser necesario la adquisición de un producto concreto (marca, modelo, referencia) se indicará claramente en la solicitud.
    • En caso de ser factible la adquisición de la mejor oferta independientemente de la marca del producto también se indicará.

Pincha aquí para acceder al formulario de solicitud

Tramitación que se realiza desde el SATDI:
  • Se pide a todos los proveedores de la categoría correspondiente que envíen oferta del producto/s a partir de los datos aportados por el solicitante.
  • Las empresas disponen de 4 días hábiles para enviar sus ofertas de productos.
  • Una vez recibidas las propuestas, se incluyen en los catálogos del SDA todos los productos ofertados (idénticos al solicitado y/o equivalentes).
  • Se informa al solicitante de las nuevas ofertas disponibles.
  • El solicitante realiza el procedimiento de compra de forma habitual a través de la APP.

 

Otras situaciones:
  • El producto necesario es exclusivo de una empresa no adherida al SDA
    • Se le indica a la empresa que puede adherirse al SDA y presentar sus catálogos.
    • Una vez adherida la empresa al SDA se tramitarán los pedidos por el procedimiento habitual.
  • No es posible comprar el producto a través de ningún proveedor adherido al SDA:
    • Se valorará la autorización de compra externa.
      • Es el último recurso cuando se han agotado las opciones anteriores.
      • Se autoriza la compra de forma excepcional y puntual.

 

Para resolver dudas o consultas contactar con el SATDI