Solicitud de productos no encontrados en el SDA

Previo a la solicitud de productos no encontrados en el SDA se debe corroborar que:
    • El producto no aparece en la Aplicación de Pedidos.
    • No existe ningún producto alternativo que pueda ser utilizado en sustitución del que se solicita.
    • El tipo de producto que se solicita tiene cabida en el SDA (ver aquí).
      • Los distintos acuerdos marco o SDA incluyen familias de productos diferentes.
      • Cada uno de ellos sólo tiene potestad sobre los productos que forman parte de ese AM/SDA.
  • En caso de tratarse de equipos de laboratorio/taller (categorías 4, 8 o 9), estos deben tener un precio inferior a 5.000€ (sin IVA)
    • Los equipos de precio superior no están contemplados en el SDA y su adquisición se realiza por procedimientos distintos.
En caso de dudas sobre la pertenencia de un producto al SDA:
  • Cumplimentar el formulario.
  • Es necesario incluir un presupuesto, cesta web o enlace nos permita evaluar el caso.
Solicitud de productos no encontrados:
  1. La solicitud se debe realizar a través del siguiente formulario.
  2. Cada solicitud realizada puede incluir varios productos siempre que estos pertenezcan a la misma categoría. (En caso de dudas se puede consultar el siguiente enlace).
  3. En el mismo se debe indicar claramente el producto/s que se solicitan:
      • Descripción precisa
      • En caso de ser necesario la adquisición de un producto concreto (marca, modelo, referencia) se indicará claramente en la solicitud.
      • En caso de ser factible la adquisición de la mejor oferta independientemente de la marca del producto también se indicará.

Tramitación que se realiza desde el SATDI:
  • Se pide a todos los proveedores de la categoría correspondiente que envíen oferta del producto/s a partir de los datos aportados por el solicitante.
  • Las empresas disponen de 4 días hábiles para enviar sus ofertas de productos.
  • Una vez recibidas las propuestas, se incluyen en los catálogos del SDA todos los productos ofertados (idénticos al solicitado y/o equivalentes).
  • Se informa al solicitante de las nuevas ofertas disponibles.
  • El solicitante realiza el procedimiento de compra de forma habitual a través de la APP.

 

Otras situaciones:
  • El producto necesario es exclusivo de una empresa no adherida al SDA
    • Se le indica a la empresa que puede adherirse al SDA y presentar sus catálogos.
    • Una vez adherida la empresa al SDA se tramitarán los pedidos por el procedimiento habitual.
  • No es posible comprar el producto a través de ningún proveedor adherido al SDA:
    • Se valorará la autorización de compra externa.
      • Es el último recurso cuando se han agotado las opciones anteriores.
      • Se autoriza la compra de forma excepcional y puntual.

 

Para resolver dudas o consultas contactar con el SATDI