Consultas sobre productos no encontrados en el SDA
En caso de dudas sobre la pertenencia de un producto al SDA:
- Cumplimentar el formulario.
- Es necesario incluir un presupuesto, cesta web o enlace nos permita evaluar el caso
- Desde el SATDI se dará respuesta según el caso:
- Cuando el producto/s no esté contemplado en ninguna de las categorías del SDA se remitirá un email con información detallada al respecto así como se les guiará, en la medida de lo posible, sobre el procedimiento a seguir.
- Cuando el producto tenga cabida el el SDA se seguirá el procedimiento que se expone más abajo.
Solicitud de productos no encontrados:
- Cuando realizar la solicitud:
- El producto no aparece en la Aplicación de Pedidos.
- No existe ningún producto alternativo que pueda ser utilizado en sustitución del que se solicita.
- El tipo de producto que se solicita tiene cabida en el SDA (ver aquí).
- Los distintos acuerdos marco o SDA incluyen familias de productos diferentes.
- Cada uno de ellos sólo tiene potestad sobre los productos que forman parte de ese AM/SDA.
- En caso de tratarse de equipos de laboratorio/taller (categorías 4, 8 o 9), estos deben tener un precio inferior a 5.000€ (sin IVA)
- Los equipos de precio superior no están contemplados en el SDA y su adquisición se realiza por procedimientos distintos.
- La solicitud se debe realizar a través del siguiente formulario.
- Cada solicitud realizada puede incluir varios productos siempre que estos pertenezcan a la misma categoría. (En caso de dudas se puede consultar el siguiente enlace).
- En el mismo se debe indicar claramente el producto/s que se solicitan:
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- Nombre/Descripción del producto.
- En caso de ser necesario la adquisición de un producto concreto (marca, modelo, referencia) se indicará claramente en la solicitud.
- En caso de ser factible la adquisición de la mejor oferta independientemente de la marca del producto también se indicará.
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Tramitación que se realiza desde el SATDI:
- Se pide a todos los proveedores de la categoría correspondiente que envíen oferta del producto/s a partir de los datos aportados por el solicitante.
- Las empresas disponen de 4 días hábiles para enviar sus ofertas de productos.
- Una vez recibidas las propuestas, se incluyen en los catálogos del SDA todos los productos ofertados (idénticos al solicitado y/o equivalentes).
- Se informa al solicitante de las nuevas ofertas disponibles.
- El solicitante realiza el procedimiento de compra de forma habitual a través de la APP
Otras situaciones:
- El producto necesario es exclusivo de una empresa no adherida al SDA
- Se le indica a la empresa que puede adherirse al SDA y presentar sus catálogos.
- Una vez adherida la empresa al SDA se tramitarán los pedidos por el procedimiento habitual.
- No es posible comprar el producto a través de ningún proveedor adherido al SDA:
- Se valorará la autorización de compra externa.
- Es el último recurso cuando se han agotado las opciones anteriores.
- Se autoriza la compra de forma excepcional y puntual.
- Se valorará la autorización de compra externa.








